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Misión

Administrar justicia en bien de la provincia y cantón, prestando servicios legales, eficientes y permanentes, propendiendo el mejoramiento de sus competencias con mayor calidad, agilidad y respeto.

Antecedentes

Las Comisarías Nacionales de Policía se ocupan del juzgamiento de las contravenciones establecidas en el Código Penal, artículos 604, 605, 606 y 607. En cuanto al procedimiento, el artículo 390, Libro V, que habla del Juzgamiento de las Contravenciones, del Código de Procedimiento Penal.

Considerando que la generalidad de los ciudadanos ecuatorianos son víctimas permanentes de abusos por parte de empresas públicas y privadas, la Constitución Política del Estado, según lo dispone el numeral 7 del Art. 23, es deber del Estado garantizar el derecho a disponer de bienes y servicios privados de óptima calidad; el Art. 92 de la misma Carta, dice que la ley establecerá los procedimientos de defensa y las sanciones por la violación de los derechos del consumidor, el Art. 244, numeral 8, dispone que le corresponde al Estado proteger los derechos de los consumidores, emite la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor, por lo que, para aquellos procesos que se inicien amparados en esta Ley, según consta en la Primera Disposición Transitoria de la Ley en mención, corresponde a las Comisarías Nacionales, la competencia para conocer y juzgar las infracciones contempladas en este cuerpo legal.

OBJETIVOS:

GENERAL:

1. Cumplir con eficiencia los mandatos legales y constitucionales, que permitan acceder a la ciudadanía a la tan ansiada justicia.

2. Servir y servir bien a la ciudadanía, con imparcialidad, amabilidad y eficiencia, creando en esta un sentir de satisfacción y confianza hacia el juez de paz y el personal que integran las Comisaría.

ESPECÍFICOS:

· Evitar la iniciación de juicios contravencionales y de la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor, a través de la mediación, la conciliación y la elaboración de actas transaccionales entre las partes.

· Dar prioridad a la emisión de boletas de citación para evitar agresiones futuras y el otorgamiento de boletas de auxilio para la protección ciudadana.

· Concienciar a la ciudadanía sobre la importancia de vivir en armonía y tolerancia a través de la implementación y aplicación de una justicia de paz.

b. Atribuciones y responsabilidades:

1. Ejecutar las disposiciones de los superiores jerárquicos; y, en las provincias las del Gobernador.

2. Planificar, coordinar y ejecutar operativos de control de precios de los productos que por ley le corresponda.

3. Apoyar con la fuerza pública los operativos de control que realicen las entidades públicas por solicitud expresa de éstas.

4. Ejercer el control de la legalidad de las actividades de los centros de tolerancia.

5. Controlar las actividades que ejercen hechiceros, adivinos y centros esotéricos con sujeción a la Constitución y la ley.

6. Conocer y resolver las infracciones de violencia intrafamiliar en los lugares donde no existan comisarías de la Mujer y la Familia, en aplicación de la leyde la materia.

7. Autorizar y controlar el desarrollo de espectáculos públicos, parques de diversión y juegos mecánicos, por delegación del/la Intendente/a.

8. Informar a la autoridad competente sobre el cometimiento de las infracciones que no fueren de su competencia.

9. Apoyar a las autoridades judiciales y fiscales en las tareas que administran justicia.

10. Conocer y resolver las causas contravencionales previstas en el Código Penal común.

11. Ejercer las demás atribuciones y cumplir los deberes que le señalen las autoridades, Constitución y las leyes.

c. Actividades del Comisario:

1. Operativos de control de precios de los productos que por ley le corresponda.

2. Control de la legalidad de las actividades de los centros de tolerancia.

3. Permiso anual de funcionamiento a los establecimientos.

4. Control de las actividades ejercidas por hechiceros, adivinos y centros esotéricos.

5. Informes y control del cumplimiento de la Ley del Anciano y de Discapacidades.

6. Resolución de infracciones de violencia intrafamiliar.

7. Autorizaciones para el desarrollo de ferias de integración nacional e internacional.

8. Resoluciones de causas contravencionales previstas en el Código Penal común.